CONVOCATORIAS

 

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CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN MUNICIPAL PARA COXCATLÁN, S.L.P.

SEGUNDA CONVOCATORIA

El H. Ayuntamiento de Coxcatlán, S.L.P. convoca, a los representantes de los sectores y organizaciones de investigación, educación superior, asociaciones, colegios de profesionistas de las áreas sociales y administrativas, asociaciones, organizaciones y/o cámaras empresariales, organizaciones de la sociedad civil, comités de contraloría social y consejos ciudadanos de transparencia y vigilancia para las contrataciones de obra pública, para que propongan a cinco candidatos que integraran la Comisión de Selección Municipal, la cual, a su vez, le corresponderá nombrar a los integrantes del Comité Municipal de Participación Ciudadana.

FUNDAMENTO

La presente convocatoria se fundamenta en lo establecido por el Artículo 23 Fracción XIX de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción emitió los acuerdos publicados en el Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí el 13 de Junio del 2023, Acuerdo por el que se aprueba la petición para los Cabildos Municipales a efecto que elaboren y publiquen Convocatoria para seleccionar y nombrar a los cinco integrantes de la Comisión de Selección Municipal y Acuerdo por el que se aprueba la petición para los Cabildos Municipales a efecto de que la Comisión de Selección Municipal la elijan observando lo dispuesto en el Artículo 19 Fracción I de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción,   así como del Oficio Numero SESEA-083/2025 signado por el Dr. Jesús Rafael Rodríguez López, en su calidad de Secretario Técnico de la Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí, además se deriva del Acta 009 de Sesión Ordinaria del Comité Coordinador celebrado el pasado 17 de Octubre del 2024, en donde se aprobó el informe del Comité Coordinador del año 2024, las recomendaciones no vinculantes 2024 y en donde se encuentra como anexo la recomendación no Vinculante RNV-CC-SESEA-2024.3.15, dirigida al Municipio de Coxcatlán, S.L.P., con el objeto que conformen su Comité Municipal de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí.

OBJETO

Elegir a los integrantes del Comité Municipal de Participación Ciudadana, mediante los mecanismos que establece Ley del Sistema Estatal Anticorrupción De San Luis Potosí, privilegiando que los ciudadanos elegidos sean los mejores hombres y mujeres posibles, con la experiencia y cualidades personales y profesionales en la materia. (Exposición de Motivos de la Ley Estatal Anticorrupción)

FUNCIONES

La Comisión de Selección Municipal cumplirá con las siguientes responsabilidades:

  1. Emitir la convocatoria para la selección de los integrantes del Comité Municipal de Participación Ciudadana;
  2. Recibirá las postulaciones para integrar el Comité Municipal de Participación Ciudadana;
  • Revisar la debida conformación de los expedientes de las y los postulantes;
  1. Desarrollará una metodología para evaluar que las y los candidatos cumplan con los requisitos;
  2. Definirá los criterios de selección de los integrantes del Comité Municipal de Participación Ciudadana;
  3. Integrará los expedientes individuales de las y los postulantes;
  • Publicará la lista de los integrantes del Comité Municipal de Participación Ciudadana.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN

De conformidad con lo establecido por la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí, las personas propuestas para integrar la Comisión de Selección, deberán atender los siguientes requisitos:

  1. Ser ciudadano/a mexicano/a en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
  2. Contar con una residencia efectiva en el Municipio de Coxcatlán, S.L.P., de cuando menos tres años anteriores a la fecha de su designación.
  • Tener al menos 21 años cumplidos al momento de la inscripción.
  1. No haber sido condenado por delito doloso ni estar sujeto a proceso penal alguno.
  2. No haber sido dirigente de partido político, servidor público municipal, estatal o federal durante el año anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
  3. No haber sido miembro adherente o afiliado a algún partido político, durante los 3 años anteriores a la fecha de la emisión de la Convocatoria.
  • No ostentar cargo en institución eclesiástica, ni ser ministro de algún culto religioso, a menos que se separe formal, material y definitivamente de su ministerio en la forma y con la anticipación establecida en la Ley Reglamentaria del Articulo 130 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.

Las propuestas deberán apegarse a criterios de paridad de género; no se hará distinción, ni habrá impedimentos para actuar como representante de las organizaciones por razones de género, discapacidad, filiación política, étnica o religiosa tanto como condición socioeconómica o educativa.

Los integrantes de la Comisión de Selección duraran en su encargo por un periodo de seis años, desde el día de su elección. No se disuelve, en determinado momento, cumplido el tiempo del nombramiento, se deberá integrar una nueva Comisión.

Quienes funjan como miembros no podrán ser designados como integrantes del Comité Municipal de Participación Ciudadana por un periodo de 6 años contados a partir de la disolución de la Comisión de Selección (Articulo 19 Ley Estatal Anticorrupción).

LUGAR Y PLAZOS PARA LA INSCRIPCIÓN

La inscripción de los postulantes, así como la presentación de la documentación que lo acredite, se entregarán en la oficina de la Dirección de Secretaria General, ubicada en la planta alta del Palacio Municipal, en calle Amado Nervo, Zona Centro de Coxcatlán S.L.P.; en un horario de 8 a 15 horas, de lunes a viernes.

La inscripción se abre al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y se cierra a los 15 días naturales posteriores.

La documentación deberá ser presentada en copias simples, o bien, en formato digital PDF al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. dentro de las fechas señaladas por esta convocatoria, a continuación, se enlistan los documentos requeridos:

I.          Solicitud o propuesta en formato libre, dirigida al presidente municipal, donde adicionalmente señalaran nombre, edad, número telefónico, correo electrónico, así como domicilio para oír y recibir notificaciones de la persona interesada;

II.         Copia certificada y simple del acta de nacimiento;

III.        Original y copia de la credencial de elector;

IV.       Original y copia simple de la carta de residencia expedida por el municipio.

DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Los expedientes de los aspirantes serán revisadas por los integrantes de cabildo para verificar que se cumplen con los requisitos y términos establecidos en la presente convocatoria.

Se publicará el listado del total de aspirantes en la página de internet del Municipio.

De igual forma se publicará un listado de candidatos que cumplieron con los requisitos que marca la Ley Del Sistema Estatal Anticorrupción y esta convocatoria, de esta forma se tendrán por formalmente registrado como aspirantes para pasar a la siguiente etapa.

El mismo cabildo, con la finalidad de allegarse de mayores elementos, de juicio, definirá una agenda para reunirse de manera individual con las y los aspirantes.  Estas reuniones tendrán el siguiente procedimiento o dinámica:

1.         Una exposición de 10 minutos donde se expondrán las razones por las cuales cada candidato considera que es el ideal para ocupar una posición como parte del Comité Municipal de Selección;

2.         Se abrirá un espacio para preguntas donde los integrantes de cabildo tendrán derecho a una solo pregunta cada uno;

3.         Los participantes contaran con tres minutos para dar respuesta.

Concluida esta dinámica los miembros de cabildo valoraran la actuación de cada uno de las y los aspirantes y emitirán el dictamen, por mayoría, vía votación a mano alzada, de cada uno de los aspirantes que conformaran la Comisión Municipal de Selección para nombrar a los integrantes del Comité Municipal de Participación Ciudadana. En este dictamen se aplicará el principio de paridad de género.

El procedimiento de designación de la Comisión de Selección Municipal, no podrá exceder de 30 días naturales, una vez que el cabildo emita la convocatoria.

TRANSITORIOS

PRIMERO. La presente Convocatoria entrará en vigor al día siguiente hábil de su autorización y será publicada siguiendo el principio de máxima publicidad, según lo determina el Reglamento de Integración y Funcionamiento de los Organismos de Participación Ciudadana S.L.P.

SEGUNDO. Cualquier asunto no contemplado en la presente Convocatoria, será resuelto por las Comisiones de Derechos Humanos y Participación Ciudadana, y la de Seguridad de conformidad con las disposiciones en la materia

 

(RUBRICAS)

ATENTAMENTE

LIC. OMAR ALBERTO SONI BULOS

PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

REGIDORA

C. MARIA GUADALUPE HERNÁNDEZ REYES

REGIDORA

C. ROSA RESENDIZ GUEVARA

REGIDOR

LIC. SAUL JASIEL FLORES CASTRO

REGIDOR

PROFR. NICOLAS GONZÁLEZ SÁNCHEZ

REGIDORA

C.P. CESIA YOSELIN MARTÍNEZ ROMERO

REGIDOR

ING. CLAUDIO FLORES HERNÁNDEZ

SINDICO MUNICIPAL

LIC. DORA CELISIA RAMIREZ FLORES

 

 

 

 

 

 

 

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CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN MUNICIPAL PARA COXCATLÁN, S.L.P.

CONVOCATORIA

El H. Ayuntamiento de Coxcatlán, S.L.P. convoca, a los representantes de los sectores y organizaciones de investigación, educación superior, asociaciones, colegios de profesionistas de las áreas sociales y administrativas, asociaciones, organizaciones y/o cámaras empresariales, organizaciones de la sociedad civil, comités de contraloría social y consejos ciudadanos de transparencia y vigilancia para las contrataciones de obra pública, para que propongan a cinco candidatos que integraran la Comisión de Selección Municipal, la cual, a su vez, le corresponderá nombrar a los integrantes del Comité Municipal de Participación Ciudadana.

FUNDAMENTO

La presente convocatoria se fundamenta en lo establecido por el Artículo 23 Fracción XIX de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción emitió los acuerdos publicados en el Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí el 13 de Junio del 2023, Acuerdo por el que se aprueba la petición para los Cabildos Municipales a efecto que elaboren y publiquen Convocatoria para seleccionar y nombrar a los cinco integrantes de la Comisión de Selección Municipal y Acuerdo por el que se aprueba la petición para los Cabildos Municipales a efecto de que la Comisión de Selección Municipal la elijan observando lo dispuesto en el Artículo 19 Fracción I de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción, así como del Oficio Numero SESEA-083/2025 signado por el Dr. Jesús Rafael Rodríguez López, en su calidad de Secretario Técnico de la Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí, además se deriva del Acta 009 de Sesión Ordinaria del Comité Coordinador celebrado el pasado 17 de Octubre del 2024, en donde se aprobó el informe del Comité Coordinador del año 2024, las recomendaciones no vinculantes 2024 y en donde se encuentra como anexo la recomendación no Vinculante RNV-CC-SESEA-2024.3.15, dirigida al Municipio de Coxcatlán, S.L.P., con el objeto que conformen su Comité Municipal de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí.

OBJETO

Elegir a los integrantes del Comité Municipal de Participación Ciudadana, mediante los mecanismos que establece Ley del Sistema Estatal Anticorrupción De San Luis Potosí, privilegiando que los ciudadanos elegidos sean los mejores hombres y mujeres posibles, con la experiencia y cualidades personales y profesionales en la materia. (Exposición de Motivos de la Ley Estatal Anticorrupción)

FUNCIONES

La Comisión de Selección Municipal cumplirá con las siguientes responsabilidades:

I. Emitir la convocatoria para la selección de los integrantes del Comité Municipal de Participación Ciudadana;

II. Recibirá las postulaciones para integrar el Comité Municipal de Participación Ciudadana;

III. Revisar la debida conformación de los expedientes de las y los postulantes;

IV. Desarrollará una metodología para evaluar que las y los candidatos cumplan con los requisitos;

V. Definirá los criterios de selección de los integrantes del Comité Municipal de Participación Ciudadana;

VI. Integrará los expedientes individuales de las y los postulantes;

VII. Publicará la lista de los integrantes del Comité Municipal de Participación Ciudadana.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN

De conformidad con lo establecido por la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí, las personas propuestas para integrar la Comisión de Selección, deberán atender los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles;

II. Contar con una residencia efectiva en el Estado, de cuando menos tres años anteriores a la fecha de su designación;

III. Experiencia de al menos cinco años en materias de mejora de la gestión pública, combate a la corrupción, transparencia, evaluación, fiscalización o rendición de cuentas;

IV. Tener al día de su designación título profesional de nivel licenciatura, con antigüedad mínima de diez años;

V. No haber sido condenado por la comisión de un delito doloso;

VI. Presentar sus declaraciones de intereses, patrimonial y fiscal;

VII. No haber sido registrado como candidato, ni haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los últimos tres años anteriores a la designación;

VIII. No haber sido miembro adherente o afiliado a algún partido político, durante los tres años anteriores a la fecha de emisión de la convocatoria;

IX. No ser Secretario o Titular de dependencias y entidades de la administración pública estatal o municipal; Auditor Superior del Estado; Fiscal General del Estado; Fiscal Especializado en Delitos Relacionados con Hechos de Corrupción y el Fiscal Especializado en Delitos Electorales, a menos que se haya separado de su cargo tres años anteriores del día de su designación, y

X. No ostentar cargo en institución eclesiástica, ni ser ministro de algún culto religioso, a menos que se separe formal, material y definitivamente de su ministerio en la forma y con la anticipación establecida en la Ley Reglamentaria del artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las propuestas deberán apegarse a criterios de paridad de género; no se hará distinción, ni habrá impedimentos para actuar como representante de las organizaciones por razones de género, discapacidad, filiación política, étnica o religiosa tanto como condición socioeconómica o educativa.

Los integrantes de la Comisión de Selección duraran en su encargo por un periodo de seis años, desde el día de su elección. No se disuelve, en determinado momento, cumplido el tiempo del nombramiento, se deberá integrar una nueva Comisión.

Quienes funjan como miembros no podrán ser designados como integrantes del Comité Municipal de Participación Ciudadana por un periodo de 6 años contados a partir de la disolución de la Comisión de Selección (Articulo 19 Ley Estatal Anticorrupción).

LUGAR Y PLAZOS PARA LA INSCRIPCIÓN

La inscripción de los postulantes, así como la presentación de la documentación que lo acredite, se entregarán en la oficina de la Dirección de Secretaria General, ubicada en la planta alta del Palacio Municipal, en calle Amado Nervo, Zona Centro de Coxcatlán S.L.P.; en un horario de 8 a 15 horas, de Lunes a Viernes.

La inscripción se abre al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y se cierra a los 15 días naturales posteriores.

La documentación deberá ser presentada en copias simples, o bien, en formato digital PDF al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. dentro de las fechas señaladas por esta convocatoria, a continuación, se enlistan los documentos requeridos:

I. Solicitud o propuesta en formato libre, dirigida al presidente municipal, donde adicionalmente señalaran nombre, edad, número telefónico, correo electrónico, así como domicilio para oír y recibir notificaciones de la persona interesada;

II. Copia certificada y simple del acta de nacimiento;

III. Original y copia de la credencial de elector;

IV. Original y copia simple del título o cedula profesional;

V. Versión publica, original y copia simple, del currículum vitae, con copias simples que acrediten lo anotado;

VI. Original y copia simple de la carta de residencia expedida por el municipio;

VII. Original y copia simple donde manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cumple con lo establecido por las fracciones VII, VIII y IX del artículo 17 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí;

VIII. Versión publica, original y copia simple, de un escrito, rubricado en el que exprese los motivos que, a su juicio, lo hacen ser la persona idónea para dicho cargo.

El escrito a que hace referencia el inciso VIII, será de acceso al público.

DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Los expedientes de los aspirantes serán revisadas por los integrantes de cabildo para verificar que se cumplen con los requisitos y términos establecidos en la presente convocatoria.

Se publicará el listado del total de aspirantes en la página de internet del Municipio.

De igual forma se publicará un listado de candidatos que cumplieron con los requisitos que marca la Ley Del Sistema Estatal Anticorrupción y esta convocatoria, de esta forma se tendrán por formalmente registrado como aspirantes para pasar a la siguiente etapa.

El mismo cabildo, con la finalidad de allegarse de mayores elementos, de juicio, definirá una agenda para reunirse de manera individual con las y los aspirantes. Estas reuniones tendrán el siguiente procedimiento o dinámica:

1. Una exposición de 10 minutos donde se expondrán las razones por las cuales cada candidato considera que es el ideal para ocupar una posición como parte del Comité Municipal de Selección;

2. Se abrirá un espacio para preguntas donde los integrantes de cabildo tendrán derecho a una solo pregunta cada uno;

3. Los participantes contaran con tres minutos para dar respuesta.

Concluida esta dinámica los miembros de cabildo valoraran la actuación de cada uno de las y los aspirantes y emitirán el dictamen, por mayoría, vía votación a mano alzada, de cada uno de los aspirantes que conformaran la Comisión Municipal de Selección para nombrar a los integrantes del Comité Municipal de Participación Ciudadana. En este dictamen se aplicará el principio de paridad de género.

El procedimiento de designación de la Comisión de Selección Municipal, no podrá exceder de 30 días naturales, una vez que el cabildo emita la convocatoria

TRANSITORIOS

PRIMERO. La presente Convocatoria entrará en vigor al día siguiente hábil de su autorización y será publicada siguiendo el principio de máxima publicidad, según lo determina el Reglamento de Integración y Funcionamiento de los Organismos de Participación Ciudadana S.L.P.

SEGUNDO. Cualquier asunto no contemplado en la presente Convocatoria, será resuelto por las Comisiones de Derechos Humanos y Participación Ciudadana, y la de Seguridad de conformidad con las disposiciones en la materia.

(RUBRICAS)

ATENTAMENTE

LIC. OMAR ALBERTO SONI BULOS

PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

REGIDORA

C. MARIA GUADALUPE HERNÁNDEZ REYES

REGIDORA

C. ROSA RESENDIZ GUEVARA

REGIDOR

LIC. SAUL JASIEL FLORES CASTRO

REGIDOR

PROFR. NICOLAS GONZÁLEZ SÁNCHEZ

REGIDORA

C.P. CESIA YOSELIN MARTÍNEZ ROMERO

REGIDOR

ING. CLAUDIO FLORES HERNÁNDEZ

SINDICO MUNICIPAL

LIC. DORA CELISIA RAMIREZ FLORES

 

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